La nota simple es un documento expedido por el Registro de la propiedad en el que se encuentre inscrito el bien.
Siempre hace referencia a bienes inmuebles y en la misma se encuentra los siguientes datos:
o Datos registrales: se indica Registro de la Propiedad en el que está inscrito el bien inmueble, indicando número y localidad ya que una misma localidad puede tener varios registros. También se indica el número de finca registral (que es único para cada finca inscrita en ese Registro).
o Titularidad: se indica quien es el titular/es de la finca, indicando el porcentaje de titularidad de cada uno de los titulares. El titular de la finca puede ser tanto una persona física como una persona jurídica.
o Cargas: este apartado es esencial ya que en el mismo se detallan las cargas que gravan la finca. En primer lugar, encontraremos la carga hipotecaria, en el caso de que la haya, y en esta anotación se indicará la entidad a favor de la cual se concedió la hipoteca, importe de la misma, vencimiento y el valor de tasación a efectos de subasta, entre otros datos. Posteriormente se detallarán los embargos que gravan la finca, siempre indicando a favor de quién es el embargo, importe del mismo y letra del embargo.
Hay que tener en cuenta que los embargos se van nombrando por orden de anotación, empezando por la letra A. Los embargos caducan a los 4 años a contar desde la fecha de su anotación, por lo que es importante revisar si en la nota consta la prórroga de ese embargo (que tendrá letra distinta al primer embargo). En caso de no constar la prórroga y haber pasado 4 años, el embargo estará caducado y esa carga, aunque conste en la nota simple, no estará vigente.